Reportaje

Prisión sin culpa: las fallas que pueden mantener a una persona meses encarcelada sin condena

Entre 2016 y 2025, 4.860 causas-imputado terminaron en absolución después de más de cien días en prisión preventiva. Las historias de Julio Lorca y Nardy Ribera dan rostro a esta realidad de prisión sin culpa y permiten visibilizar las fallas que pueden mantener encarcelada a una persona inocente mientras su causa avanza.

Imagen de creación propia.

Cuando la inocencia no basta para recuperar la libertad

Julio Lorca era profesor de música cuando fue detenido el 4 de diciembre de 2012, acusado de abuso sexual. Su vida quedó suspendida durante 441 días.

Mientras permanecía en prisión preventiva, su esposa y sus dos hijas continuaron viviendo fuera de la cárcel. Él esperaba que la investigación esclareciera lo ocurrido.

“Mi vida se detuvo en ese momento”, recuerda.

Lorca fue absuelto después de quince meses privado de libertad. Sin embargo, la sentencia no podía devolverle el tiempo que había perdido junto a su familia.

Años después, tres frascos de queratina para el cabello llevaron a Nardy Ribera a una cárcel chilena.

Tenía 25 años y regresaba desde Bolivia en bus. Tras una prueba preliminar la vinculó a drogas. Ella insistió en que transportaba productos capilares.

Pese a ello, fue enviada a prisión preventiva en Alto Hospicio. Permaneció seis meses y cuatro días encarcelada antes de recuperar su libertad.

Durante ese período, su padre viajó para verla.

Las historias de Julio y Nardy tienen circunstancias distintas. Sin embargo, ambas permiten observar cómo los errores y las demoras de un proceso penal pueden prolongar el encierro de una persona inocente.

Prisión sin culpa: un problema que también aparece en las cifras

Entre 2016 y 2025, la información estadística obtenida de Defensoria Penal Pública mediante Transparencia registra 266.457 causas-imputado con prisión preventiva decretada. La unidad de análisis es causa-imputado, no persona única.

Entre las causas-imputado sin condena, 7.651 registraron más de cien días en prisión preventiva. De ellas, 4.860 corresponden específicamente a la categoría absolución, según el desglose por año de término de 2016 a 2025.

Cómo se construyeron las cifras.

Prisión sin culpa trabajó con la planilla estadística oficial AK 1466 -1469, obtenida mediante una solicitud de Transparencia. Para el universo general se utilizó la hoja AK 1469; para las absoluciones tras más de cien días, la hoja Grupo formas de termino. El período corresponde a los años de término 2016–2025.

La planilla contiene 363.869 filas en su base principal. Ese número no debe confundirse con las 266.457 causas-imputado con prisión preventiva decretada que conforman el universo del análisis. Una causa-imputado es una unidad estadística y no necesariamente una persona distinta.

Se definió sin condena como el conjunto de formas de término que no concluyeron en sentencia condenatoria. La agrupación incluye absoluciones, sobreseimientos definitivos y temporales, facultad de no perseverar y suspensión condicional del procedimiento. Esta clasificación describe el resultado procesal, no acredita inocencia material.

En el subconjunto con más de cien días de prisión preventiva y término sin condena se registraron 7.651 causas-imputado; 4.860 aparecen en la categoría específica absolución. Las restantes 2.791 corresponden a otras categorías de término sin condena.

Gráfica de creación propia con información obtenida por Ley de Transparencia.

Esta cifra no demuestra que las 4.860 causas correspondan a personas únicas materialmente inocentes ni que todas hayan sufrido un error judicial.Entre 2016 y 2025, los tribunales chilenos decretaron prisión preventiva en 266.457 causas, según información entregada por la Defensoría Penal Pública mediante una solicitud de transparencia.

Una absolución puede producirse porque se acreditó que la persona no participó en el delito o porque las pruebas no permitieron demostrar su responsabilidad.

También puede responder a contradicciones en los antecedentes o a que una declaración perdió fuerza probatoria. Esas situaciones no equivalen necesariamente a inocencia material acreditada.

Sin embargo, los datos permiten dimensionar una situación concreta: personas que permanecieron privadas de libertad durante meses sin que sus procesos terminaran en condena.

Es el universo estadístico más cercano que esta investigación dispone para observar el problema, aunque no permite calcular cuántas personas inocentes fueron encarceladas por error.

Para profundizar en esos errores, Prisión sin culpa recurrió al Proyecto Inocentes, iniciativa de la Defensoría Penal Pública creada en 2013.

Según información obtenida mediante transparencia, 75 personas han sido incorporadas a la iniciativa, que exige antecedentes específicos para reconocer errores relacionados con su privación de libertad.

Entre ellas se encuentran Julio Lorca y Nardy Ribera. Sus casos permiten pasar de las cifras generales a dos experiencias documentadas de inocencia y encierro.

El Código Procesal Penal contempla distintas formas de término de una causa, que se explican en la siguiente infografía.

Infografía de cración propia.

La pregunta que atraviesa este reportaje es cómo una persona inocente puede permanecer meses en prisión preventiva antes de que el sistema penal esclarezca su situación.

Las experiencias de Julio y Nardy permiten recorrer distintas etapas de ese proceso: la investigación inicial, las pruebas, la defensa y las demoras institucionales.

También muestran lo que está en juego cuando una persona pierde su libertad antes de recibir una condena: su dignidad, sus vínculos familiares y un tiempo que ninguna resolución judicial puede devolver.

Cuando lo excepcional se prolonga

La prisión preventiva es la medida cautelar más gravosa del sistema penal chileno, donde se priva de libertad a una persona mientras se desarrolla una investigación penal. 

El artículo 140 del Código Procesal Penal exige antecedentes sobre la existencia del delito, la posible participación del imputado y la necesidad de imponer esta medida cautelar.

El artículo 139 establece, además, que debe recurrirse a ella cuando otras medidas resulten insuficientes para cumplir las finalidades del procedimiento o proteger a las personas involucradas.

Además existen otras medidas cautelares como; arresto domiciliario sea en su modalidad total o parcial, el artículo 155 del Código Procesal Penal dispone la obligación de firma periódica ante la autoridad y el arraigo que prohíbe la salida del país. 

Estas opciones permiten controlar al imputado reduciendo de forma considerable la intensidad del impacto en su libertad personal.

Por otro lado, existen restricciones específicas como la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima y su entorno, el veto de asistencia a determinados lugares y la retención de licencias.

A estas se suman las cautelares reales, destinadas a congelar bienes para responder a las futuras responsabilidades civiles.

Sin embargo, la prisión preventiva ha abierto un debate entre quienes participan del sistema penal.

Francisco Bravo, fiscal adjunto y vicepresidente de la Asociación Nacional de Fiscales, reconoce que su carácter excepcional se ha debilitado.

https://www.tiktok.com/@prision.sin.culpa/video/7658150388209700114?_r=1&_t=ZS-9A2jGdE9LAF

Las cifras detrás de las decisiones

El Boletín Estadístico N.º 4 del Poder Judicial, publicado en diciembre de 2024, examinó las decisiones sobre prisión preventiva entre 2019 y 2023.

Durante ese período se registraron 157.781 solicitudes, de las cuales 136.963 fueron concedidas: aproximadamente el 87 %.

El porcentaje corresponde a solicitudes presentadas ante tribunales, no al total de personas investigadas penalmente. Tampoco demuestra, por sí solo, que las decisiones hayan sido injustificadas.

Imagen creada con información proporcionada por el Boletín Estadístico N.º 4 del Poder Judicial diciembre de 2024.

La discusión también alcanza al tiempo que una persona permanece encarcelada mientras espera el resultado de su proceso.

Por otra parte, el boletín registra que el promedio entre la prisión preventiva y la sentencia alcanzó 384,3 días en 2020 y 209,7 días en 2023.

Aunque el indicador disminuyó, refleja procedimientos que pueden extenderse durante meses antes de llegar a una resolución definitiva.

Nelson González, juez presidente del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, advierte sobre las dificultades para programar oportunamente las audiencias.

“Una persona que espera juicio en prisión preventiva probablemente tendrá que esperar más tiempo porque no existen jueces suficientes para otorgarle una fecha dentro de plazos prudentes y razonables”.

Absuelto no siempre significa que se acreditó un error

La prisión preventiva se decreta con un estándar distinto al requerido para condenar. Por eso, una persona puede enfrentar esta medida y posteriormente resultar absuelta.

El artículo 340 del Código Procesal Penal exige que el tribunal alcance convicción más allá de toda duda razonable sobre el delito y la participación culpable del acusado.

Una absolución puede producirse porque se descartó su participación o porque las pruebas no fueron suficientes para acreditar la acusación.

También pueden existir contradicciones relevantes, declaraciones que pierden valor probatorio o antecedentes que impiden superar la duda razonable.

Por lo tanto, los 4.860 registros de absolución identificados por Prisión sin culpa no representan automáticamente 4.860 personas materialmente inocentes ni errores judiciales demostrados.

Pero tampoco deben confundirse con condenas. Son registros de personas que permanecieron más de cien días privadas de libertad y cuyos procesos terminaron en absolución.

La diferencia es fundamental para comprender este reportaje.

Julio Lorca fue absuelto después de 441 días encarcelado. Nardy Ribera recuperó su libertad tras un análisis que descartó la presencia de droga y posteriormente obtuvo el sobreseimiento definitivo.

Sus historias permiten observar algo que las estadísticas generales no pueden establecer por sí solas: qué ocurre cuando una investigación contiene errores y la persona afectada permanece privada de libertad mientras estos se esclarecen.

Cuando la investigación cambia demasiado tarde

Una prueba colorimétrica preliminar aplicada a los productos que transportaba Nardy Ribera arrojó un resultado positivo asociado a cocaína. Ese antecedente dio inicio a una investigación por tráfico de drogas.

Nardy insistió en que transportaba productos para el cabello. Sin embargo, ingresó a prisión preventiva en Alto Hospicio mientras se esclarecía la naturaleza de las sustancias.

La prueba inicial no era definitiva. Para confirmar su composición, las muestras debían ser analizadas por el Instituto de Salud Pública (ISP).

Durante seis meses y cuatro días, Nardy permaneció encarcelada mientras su causa avanzaba. El juez presidente del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, Nelson González habla sobre la gravedad que tiene que la persona pase más de 100 días en prisión preventiva siendo inocente.

Su historia expone una de las tensiones de la prisión preventiva: una medida decretada con antecedentes iniciales puede prolongarse mientras se esperan diligencias capaces de modificar la investigación.

Las primeras diligencias

Francisco Bravo, fiscal adjunto y vicepresidente de la Asociación Nacional de Fiscales, destaca la importancia de reunir evidencia desde el comienzo.

“Las primeras 24 o 48 horas son fundamentales para obtener la mayor cantidad de evidencia y justificar ante el juez de garantía una prisión preventiva”.

Sin embargo, el trabajo investigativo también enfrenta dificultades de coordinación y distribución de tareas.

Evelyn Lobos, subcomisaría de la Policía de Investigaciones (PDI), explica que una orden puede tardar meses en llegar al funcionario encargado.

“Si recibimos una orden de investigar emitida, por ejemplo, el 8 de agosto, puede ocurrir que al funcionario le llegue tres meses después. Entonces, cuando recién recibe la orden, comienzan a correr los treinta días iniciales de investigación. Al contactar a la víctima, muchas veces ya han pasado meses desde la denuncia”.

El comisario Nolberto Fuentes, de la PDI, señala que la institución trabaja con Fuerzas de Tarea, equipos multidisciplinarios destinados a investigaciones complejas.

Explica que esta organización busca evitar que esas causas paralicen el trabajo rutinario de los demás funcionarios.

Alex Duque, ex carabinero, identifica otra dificultad en la obtención de antecedentes:

“A veces el reunir información o pruebas se encuentra con mucha burocracia”.

A su juicio, los problemas de comunicación entre las instituciones también pueden afectar el desarrollo de una investigación.

Estas declaraciones permiten observar dificultades en distintas etapas del desarrollo en trabajo policial. No demuestran que todas hayan ocurrido en los casos de Julio y Nardy.

La prueba que cambió el caso

El resultado del Instituto de Salud Pública descartó que los productos transportados por Nardy correspondieran a drogas contempladas en la Ley 20.000.

La conclusión modificó el escenario de una investigación que había comenzado con el resultado positivo de una prueba preliminar.

El 13 de septiembre de 2016, el tribunal sustituyó su prisión preventiva por arraigo nacional. Nardy pudo salir de la cárcel, aunque su proceso continuó abierto.

La resolución no constituye una sentencia absolutoria ni puso término inmediato a la causa.

Años después, la Fiscalía comunicó su decisión de no perseverar. El proceso concluyó mediante sobreseimiento definitivo el 28 de noviembre de 2022.

La diferencia entre recuperar la libertad y cerrar una causa es importante: Nardy salió de prisión en 2016, pero continuó vinculada al procedimiento durante años.

Cuando los peritajes no llegan a tiempo

Las dificultades periciales también forman parte del escenario institucional en que se desarrollan las investigaciones.

En su cuenta pública de 2024, el Servicio Médico Legal reconoció brechas relacionadas con la disponibilidad de especialistas, los efectos acumulados de la pandemia y el aumento de las diligencias judiciales. 

El organismo informó medidas de contingencia para enfrentar estas dificultades.

El examen de Nardy fue realizado por el ISP, no por el Servicio Médico Legal. Los antecedentes de ambos organismos corresponden a instituciones y procedimientos distintos.

Sin embargo, permiten observar por qué la disponibilidad oportuna de evidencia especializada resulta relevante cuando una persona permanece privada de libertad.

Los errores detrás de las historias

Desde 2013, la Defensoría Penal Pública desarrolla Proyecto Inocentes, iniciativa que analiza casos de personas privadas de libertad cuya inocencia fue posteriormente acreditada.

Según información entregada mediante transparencia, 75 personas han sido incorporadas a la iniciativa.

Para ingresar no basta con obtener una absolución. El caso debe cumplir criterios específicos, demostrar una causa de error y recibir la aprobación del Comité Editorial.

Entre las situaciones consideradas figuran las identificaciones equivocadas, declaraciones falsas, falsas confesiones, errores periciales y conductas erróneas de agentes del Estado o de la defensa.

Pablo Aranda, jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública y Proyecto Inocente, reconoce factores que aparecen en estos casos:

El caso de Julio Lorca también forma parte del Proyecto Inocentes.

Durante el juicio, antecedentes de la investigación y la prueba presentada llevaron finalmente a su absolución.

Las historias de Julio y Nardy muestran que el resultado inicial de una investigación no siempre permanece intacto.

Pero cuando los antecedentes cambian después de meses de encierro, la persona afectada ya ha vivido las consecuencias de una privación de libertad que ninguna resolución posterior puede deshacer.

Cuando la defensa marca la diferencia

Durante los primeros siete meses de prisión preventiva, Julio Lorca esperaba que su defensa reuniera antecedentes capaces de cuestionar la acusación.

Relata que la investigación permaneció prácticamente inmóvil mientras él continuaba encarcelado.

Su experiencia expone la importancia de una defensa activa cuando una persona enfrenta la medida cautelar más gravosa del sistema penal.

El abogado defensor puede solicitar diligencias, cuestionar antecedentes y pedir la revisión de la prisión preventiva cuando existen fundamentos para hacerlo.

Jorge Pino, abogado de la Defensoría Penal Pública, explica que “el estándar de convicción que debe tener el tribunal es completamente distinto al momento de absolver o condenar que al momento de decretar una medida cautelar”.

Por eso, la defensa no debe limitarse a preparar el juicio. También puede discutir la necesidad de mantener el encierro mientras la causa continúa.

Julio recuerda otro episodio que marcó su relación con quienes llevaban su causa.

Según cuenta, recibió un ofrecimiento para resolver el proceso mediante una salida que implicaba aceptar responsabilidad. Él se negó.

No estaba dispuesto a reconocer un delito que sostenía no haber cometido, aunque la propuesta pudiera significar recuperar antes su libertad.

Un sistema con cientos de causas por profesional

La actuación de una defensa también ocurre dentro de instituciones que administran grandes volúmenes de trabajo.

Según información entregada por la Defensoría Penal Pública mediante Transparencia, durante 2025 ingresaron 299.617 causas-imputado al sistema de defensa.

El 2025 el promedio alcanzó los 429,2 ingresos por defensor, frente a los 390,9 registrados en 2022.

La siguiente infografía muestra la evolución de este indicador durante los últimos cinco años, junto con la dotación de defensores considerada en cada período..

Imagen de creación propia con información entregada por parte de Defensoría Penal Pública.

La sobrecarga también aparece en el relato de quienes trabajan en el Ministerio Público.

Francisco Bravo, fiscal adjunto y vicepresidente de la Asociación Nacional de Fiscales, describe las dificultades para mantener un seguimiento permanente de las investigaciones.

La sobrecarga de los fiscales. Bravo explica cómo el volumen de causas puede afectar el seguimiento de las investigaciones y las diligencias pendientes.

Farid Mobarec, abogado penalista privado, plantea que el problema también se relaciona con la oportunidad de las diligencias y las resoluciones judiciales.

“¿Qué refleja? Refleja lo mucho que se demora en resolver un tribunal y lo mucho que se demora también en llegar a las pruebas”.

En una causa con una persona privada de libertad, esas demoras adquieren una dimensión distinta: el tiempo de investigación también es tiempo de encierro.

Pablo Aranda, jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública y Proyecto Inocente, advierte sobre la gravedad de ese escenario.

“Sin embargo, el hecho de estar privado de libertad por más de 100 días para después salir absuelto es una brutalidad o una aberración del sistema”.

La historia de Julio muestra que una defensa puede cambiar el rumbo de un proceso. También deja una pregunta: ¿qué ocurre durante los meses en que ese cambio todavía no llega?

El encierro antes de la condena

Nardy Ribera ingresó al recinto penitenciario de Alto Hospicio sin saber cuánto tiempo permanecería allí. La investigación seguía abierta y ella insistía en que era inocente.

Mientras esperaba el resultado del análisis de los productos que transportaba, debía adaptarse a una vida que desconocía.

La incertidumbre sobre su causa no era la única preocupación.

La prisión preventiva en un sistema sobreocupado

El contexto penitenciario también permite dimensionar las condiciones en que permanecen las personas que esperan una resolución judicial.

Según cifras de Gendarmería. 

Imagen de creación propia con información proporcionada por Gendarmeria de Chile.

Estos indicadores no permiten establecer las condiciones particulares que enfrentaron Julio y Nardy. Sin embargo, muestran el escenario penitenciario en que se ejecuta la prisión preventiva.

El aumento de la población penitenciaria también plantea exigencias para quienes trabajan dentro de los recintos.

Luis Mussiett, capellán evangélico de Gendarmería, explica que la seguridad es una preocupación permanente entre las personas privadas de libertad.

“La preocupación más importante es la seguridad. Número uno: ¿qué va a pasar con mi vida y con mi cuerpo?”.

En el caso de quienes esperan juicio, esa preocupación se suma a la incertidumbre sobre el desenlace de la investigación.

La dignidad durante el encierro

Nardy también cuestiona los procedimientos penitenciarios que vivió durante su permanencia en la cárcel de Alto Hospicio.

Recuerda allanamientos nocturnos que la marcaron. 

El relato corresponde a la experiencia de Nardy. No equivale, por sí mismo, a una determinación judicial de que cada procedimiento haya sido ilegal.

Sin embargo, permite examinar una obligación que permanece vigente durante la prisión preventiva: el respeto de la dignidad y la integridad de quienes están bajo custodia estatal.

La presunción de inocencia tampoco desaparece con el ingreso a la cárcel. Una medida cautelar no transforma a la persona imputada en condenada.

El tiempo que también pierde la familia

Julio Lorca recuerda que los primeros meses de prisión preventiva fueron especialmente difíciles. Permanecía separado de su esposa y de sus dos hijas.

“Me perdí los dos primeros cumpleaños, cuando empezó a caminar. Me perdí muchas cosas del desarrollo de mi hijita”.

La privación de libertad también altera la vida de quienes permanecen fuera del recinto penitenciario.

Rudy Espina, psicóloga vinculada al trabajo de reinserción, explica que la incertidumbre puede intensificar los efectos emocionales de la prisión preventiva.

“La prisión preventiva suele tener un mayor impacto por la incertidumbre, el miedo en algunos casos a lo desconocido, mientras que la condena implica un proceso de adaptación a una situación ya definida”.

Las familias también deben reorganizar sus rutinas, asumir gastos y sostener vínculos bajo condiciones que no eligieron.

Para Luis Mussiett, ese acompañamiento resulta fundamental durante el encierro.

“La familia es vital. Si no hay familia, no hay red de apoyo. ¿Dónde comienza la red de apoyo? En la familia”.

En las historias de Julio y Nardy, esa red se mantuvo presente. Sin embargo, ninguno pudo evitar que sus seres queridos también enfrentarán las consecuencias de la prisión preventiva.

La libertad podía llegar con una resolución judicial. Recuperar la vida anterior sería un proceso mucho más largo y muchas veces imposible. 

La libertad no devuelve el tiempo

El día que Julio Lorca recuperó su libertad, encendió un habano que su padre le había regalado años antes.

Después de quince meses, el tribunal lo absolvió de todos los cargos.

Pero salir de la cárcel no significó recuperar inmediatamente la vida que había dejado atrás.

Para Nardy Ribera, recuperar la libertad tampoco significó dejar atrás lo ocurrido.

La experiencia también afectó sus relaciones personales. Después del encierro, sintió que quienes la conocían ya no la miraban de la misma manera.

“Cuando yo salí, ya no era Nardy Ribera. ¿Me entiendes? Para ellos era una desconocida. Una persona que había estado presa. Una persona de la que tenían motivos para desconfiar”.

Su causa concluyó mediante sobreseimiento definitivo en noviembre de 2022, más de seis años después de su detención.

El desafío de reparar

Proyecto Inocentes busca reconocer públicamente a personas que fueron privadas de libertad por errores identificados en sus procesos penales.

La iniciativa también pretende contribuir a la recuperación de su imagen y visibilizar las fallas que permitieron esos casos.

Sin embargo, el reconocimiento público no equivale a una reparación integral de las consecuencias personales, familiares y económicas.

Pablo Aranda, plantea que la reparación también debe abordar la dignidad de quienes atravesaron estas experiencias.

“La verdadera reparación tiene que ver con recuperar la dignidad, volver a sentirse útil en la sociedad y evitar la discriminación”.

Las historias de Julio y Nardy muestran que una investigación puede cambiar, una medida cautelar puede terminar y una causa puede cerrarse.

Pero ninguna de esas decisiones devuelve los cumpleaños perdidos, los vínculos alterados ni los años dedicados a demostrar la inocencia.

La prisión preventiva no constituye una condena. Aun así, cuando una persona inocente permanece encarcelada durante meses, sus consecuencias pueden extenderse mucho más allá del proceso penal.

Julio recuperó la libertad. Nardy también. Miles de personas han salido de prisión sin una condena. Sin embargo, el tiempo que pasaron privados de libertad no puede restituirse, ni tampoco el trabajo perdido, el deterioro emocional, el estigma o las relaciones que quedaron atrás.

La prisión preventiva seguirá siendo una herramienta indispensable para proteger a la sociedad cuando la ley así lo exige. El desafío está en que continúe siendo lo que el sistema prometió desde su origen: una medida verdaderamente excepcional. 

Porque cuando la inocencia se acredita después de meses de encierro, la justicia llega. Pero para quienes perdieron parte de su vida esperando, llega demasiado tarde.

También puedes leer la nota ¿Qué es la prisión preventiva? Y cúando puede aplicarse en Chile.

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